Ante la falta de voluntad por parte de la empresa de encontrar una solución negociada y anclandose en los 20 días de Salarios por año, la representación de los trabajadores dío carpetazo a las negociaciones firmando el expediente negativamente.
Corresponde a la Autoridad Laboral decidir si se lo aprueba o no.
Desde la Secretaría Sectorial de UGT FeS entendemos que no deberían aprobarselo, ya que a nuetro entender incumple lo establecido en el Real Decreto 801/2011, de 10 de junio que dice entre otras:
La consulta deberá versar sobre las causas motivadoras del expediente y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados y para posibilitar la continuidad y viabilidad del proyecto empresarial conforme a lo previsto en el artículo 9.
Durante este período, las partes deberán negociar de buena fe con vistas a alcanzar un acuerdo, fijando, a la apertura del período de consultas, un calendario de reuniones a celebrar dentro de dicho período y aportando para ello cuantas soluciones procedan para atenuar las consecuencias para los trabajadores afectados, todo ello a efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior.
Todo se verá.