AFILIADOS Y SIMPATIZANTES
Asunto.: Incumplimientos
Patronales de forma unilateral y torticera, que pretende un aprovechamiento
inmoral de la CRISIS y por la defensa
del CONVENIO COLECTIVO.
Valorada la situación que se
está generado con los procedimientos de descuelgue del Convenio Colectivo
Estatal de Empresas de Seguridad (unos enmascarados en un Convenio de empresa y
otros en descuelgues directos), y al objeto de marcar las pautas a seguir en
los distintos territorios y Secciones Sindicales Regionales en Euskadi para
afrontar esta agresión a los intereses de todos los trabajadores y trabajadoras
del Sector, queremos haceros llegar las siguientes consideraciones.
La Dirección Sectorial Regional de FeS-Euskadi , entiende que, en la
situación actual, se debe valorar, y así se lo hará llegar a la Dirección
Sectorial Estatal, la necesidad de
interponer un Conflicto Colectivo, para reclamar las diferencias salariales
correspondientes a la aplicación del Convenio publicado de vigencia 2009 –
2012, al entender que ante los reiterados incumplimientos de las empresas
y tras la presentación por escrito a los
representantes de los trabajadores de procedimientos de “ DESCUELGUES,ERES Y CONVENIOS DE EMPRESA”, queda sin efecto el
compromiso que originó la firma del Convenio Colectivo 2012 – 2014 (sin
respetar, sin publicar y sin efectos legales), que como su propio preámbulo
desarrollaba, solicitaba el esfuerzo de todos los trabajadores/as del Sector,
para evitar precisamente, situaciones como las que pretenden imponernos.
Asimismo desde la Dirección
Sectorial entendemos que el único convenio legalmente válido es el convenio 2009-2012, publicado el 16 de
febrero de 2011(B.O.E. nº 40), que se encuentra en ultraactividad indefinida (art.4 CC), hasta su sustitución
por otro de su mismo ámbito y eficacia, por lo que habría que proceder de forma
URGENTE a interponer demandas
individuales por diferencias salariales.
Asimismo, manifestamos que
no aceptaremos la extorsión pretendida por las patronales del sector y que
continuaremos luchando por la defensa y
existencia de nuestro Convenio Colectivo como objetivo prioritario, rechazando cualquier negociación de empresa
o ámbito inferior a éste Convenio, “que no tenga claramente garantizado y
definido lo establecido en el art.82 del vigente Convenio Colectivo Nacional,
por ser condiciones mínimas las de este Convenio Colectivo Nacional
Art-8.,”. Cualquier
otro acuerdo que no contemple el mínimo establecido en el Art-82 es,
simplemente, un descuelgue.
En las próximas fechas, nos
pondremos en contacto con cada uno de los territorios al objeto de lograr la
mayor coordinación y efectividad de las distintas acciones de protesta,
intentando la unidad de acción con el resto de Sindicatos.