Contratar a un empleado durante un año en contrato en pruebas y sin derecho a indemnización si se le despide dentro de este periodo, como permite la reforma laboral aprobada por el Gobierno central de Mariano Rajoy (PP) en febrero de 2012, no se ajusta al derecho internacional.
Así lo ha dictaminado una sentencia del juzgado de lo Social 2 de Barcelona, que ha declarado improcedente el despido, el pasado marzo, de un peón a quien la empresa de reciclaje de productos de caucho de Gavà (Barcelona) Alfredo Mesalles S.A. echó cuando faltaban ocho días para que finalizara el contrato indefinido de apoyo a emprendedores que le habían hecho. La sentencia, que reprocha al Gobierno que bajo el paraguas de la crisis creara una reforma que "desprotege a los trabajadores de sus derechos", obliga a la empresa a readmitir al trabajador o a indemnizarle de acuerdo al convenio de su sector, donde el periodo de prueba es de solo 15 días. La indemnización asciende a 1.187 euros.
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