El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido como accidente laboral el suicidio de un guarda forestal al considerar que la decisión de quitarse la vida fue consecuencia de la presión que sufría por su trabajo. La Sala de lo Social estima el recurso que presentó la esposa del fallecido —en su nombre y en el de sus hijos, menores de edad— al fallo adoptado por un tribunal de Lleida y condena a abonar las pensiones de viudedad y orfandad a la mutua Asepeyo y al Departamento de Agricultura de la Generalitat, que se habían negado a admitir que fuera un accidente laboral. El TSJC considera “acreditada” la existencia de “un nexo entre el acto del suicidio” y “su estado de ansiedad”.
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