ESCOLTAS
OMBUDS
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SUBROGACIÓN EMPRESARIAL:
La obligación de mantener las condiciones de los trabajadores en la empresa saliente no puede eludirse por un pacto colectivo negociado antes de la subrogación y aplicado desde el primer día de integración de la plantilla en la empresa entrante.
El demandante vino prestando servicios para la empresa EULEN SEGURIDAD SA, hasta el 31 de mayo 2012, subrogandose la empresa OMBUDS.
Con fecha 18 de octubre del 2007 se suscribió acuerdo entre Eulen Seguridad SA y el comité
de Empresa, sobre condiciones salariales de los escoltas. Se da por reproducido al obrar en la prueba
documental, doc. 4 de la parte demandan
Con fecha 18 de junio del 2012 entre la representación de la empresa OMBUDS y la representación legal de los trabajadores se ha establecido un pacto sobre jornada y condiciones salariales para los servicios de protección personal concertados con el Ministerio de Interior. Se da por reproducido el mismo al obrar en la prueba documental.
OTRA MÁS:
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