Conflicto colectivo: Obligación de la empresa
de cumplir lo acordado en convenio colectivo. Deber de abonar los salarios en el
tiempo establecido en el convenio, y ello aún en el supuesto de dificultades
económicas, pues en dicho supuesto la vía del empleador es recurrir al
descuelgue salarial del convenio o a la inaplicación de las cláusulas salariales
por la vía del artículo 41 del ET. En ningún supuesto cabe la inaplicación
unilateral del convenio.
(ILJ 122/2012)Sala de lo Social
Secretaría de D.ª GEMA QUINDOS SANCHEZ
SENTENCIA N.º: 0003/2012
Fecha de Juicio:16/01/2012
Fecha Sentencia:16/01/2012
Fecha Auto Aclaración:
Núm. Procedimiento:0000247/2011
Tipo de Procedimiento:DEMANDA
Procedim. Acumulados:
Materia:CONFLICTO COLECTIVO
Ponente IImo. Sr.:D. RICARDO BODAS MARTÍN
Indice de Sentencias:
Contenido Sentencia:
Demandante:-UNIÓN SINDICAL OBRERA
Codemandante:
Demandado: -ESABE VIGILANCIA S.A.
-ESABE TRANSPORTES BLINDADOS -COMISIONES OBRERAS (CC.OO.)
-UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.), -CONVERXENCIA INTERSINDICAL GALEGA
Codemandado:
Resolución de la Sentencia:ESTIMATORIA
Breve Resumen de la Sentencia:
Reclamándose que los trabajadores, afectados por el conflicto, tienen derecho a que se les abonen sus retribuciones mensuales y las liquidaciones por extinción de sus contratos de trabajo en los plazos estipulados convencionalmente, se estiman ambas pretensiones, porque se probó que las empresas demandadas incumplieron lo pactado, siendo irrelevante, a estos efectos, que concurrieran dificultades económicas, que no se probaron siquiera, puesto que dicha circunstancia justificaría el despliegue de medidas de flexibilidad interna o externa, pero nunca la inaplicación unilateral del convenio colectivo vigente.
A U D I E N C I A N A C I O N A L
Sala de lo SocialNúm. de Procedimiento:0000247 / 2011
Tipo de Procedimiento:DEMANDA
Indice de Sentencia:
Contenido Sentencia:
Demandante:-UNIÓN SINDICAL OBRERA
Codemandante
Demandado: -ESABE VIGILANCIA S.A.
-ESABE TRANSPORTES BLINDADOS -COMISIONES OBRERAS (CC.OO.)
-UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.), -CONVERXENCIA INTERSINDICAL GALEGA
Ponente IImo. Sr.: D. RICARDO BODAS MARTÍN
SENTENCIA N.º: 0003/2012
IImo. Sr. Presidente:
D. RICARDO BODAS MARTÍN
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. MANUEL POVES ROJAS
D.ª MARIA CAROLINA SAN MARTÍN MAZZUCCONI
Madrid, a dieciseis de enero de dos mil doce.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los
Sres. Magistrados citados al margen y
EN NO MBRE DEL REY Ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el procedimiento n.º 247/11 seguido por demanda de UNIÓN SINDICAL OBRERA contra ESABE VIGILANCIA S.A., ESABE TRANSPORTES BLINDADOS, COMISIONES OBRERAS (CC.OO.), UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.), CONVERXENCIA INTERSINDICAL GALEGA sobre conflicto colectivo. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. RICARDO BODAS MARTÍN
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.-Según consta en autos, el día
07-11-2011 se presentó demanda por UNIÓN SINDICAL OBRERA contra ESABE VIGILANCIA
S.A., ESABE TRANSPORTES BLINDADOS, COMISIONES OBRERAS (CC.OO.), UNIÓN GENERAL DE
TRABAJADORES (U.G.T.), CONVERXENCIA INTERSINDICAL GALEGA sobre CONFLICTO
COLECTIVO.
http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/116358/sentencia-an-3-2012-de-16-de-enero-conflicto-colectivo-convenio-colectivo-obligacion-de-cumpli