/ UGT-Seguridad-Privada Seguridad-Privada : CONVENIO COLECTIVO | No a los Incumplimientos Patronales de forma unilateral y torticeraque pretende un aprovechamiento inmoral de la CRISIS | NO A LOS DESCUELGUES |

domingo, 20 de enero de 2013

CONVENIO COLECTIVO | No a los Incumplimientos Patronales de forma unilateral y torticeraque pretende un aprovechamiento inmoral de la CRISIS | NO A LOS DESCUELGUES |



AFILIADOS Y SIMPATIZANTES


Asunto.: Incumplimientos Patronales de forma unilateral y torticera, que pretende un aprovechamiento inmoral de la CRISIS y por la defensa del CONVENIO COLECTIVO.

Valorada la situación que se está generado con los procedimientos de descuelgue del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad (unos enmascarados en un Convenio de empresa y otros en descuelgues directos), y al objeto de marcar las pautas a seguir en los distintos territorios y Secciones Sindicales Regionales en Euskadi para afrontar esta agresión a los intereses de todos los trabajadores y trabajadoras del Sector, queremos haceros llegar las siguientes consideraciones.
La Dirección Sectorial Regional de FeS-Euskadi , entiende que, en la situación actual, se debe valorar, y así se lo hará llegar a la Dirección Sectorial Estatal, la necesidad de interponer un Conflicto Colectivo, para reclamar las diferencias salariales correspondientes a la aplicación del Convenio publicado de vigencia 2009 – 2012, al entender que ante los reiterados incumplimientos de las empresas y  tras la presentación por escrito a los representantes de los trabajadores de procedimientos de “ DESCUELGUES,ERES Y CONVENIOS DE EMPRESA”, queda sin efecto el compromiso que originó la firma del Convenio Colectivo 2012 – 2014 (sin respetar, sin publicar y sin efectos legales), que como su propio preámbulo desarrollaba, solicitaba el esfuerzo de todos los trabajadores/as del Sector, para evitar precisamente, situaciones como las que  pretenden imponernos.

Asimismo desde la Dirección Sectorial entendemos que el único convenio legalmente válido es el convenio 2009-2012, publicado el 16 de febrero de 2011(B.O.E. nº 40), que se encuentra en ultraactividad indefinida (art.4 CC), hasta su sustitución por otro de su mismo ámbito y eficacia, por lo que habría que proceder de forma URGENTE a interponer demandas individuales por diferencias salariales.

Asimismo, manifestamos que no aceptaremos la extorsión pretendida por las patronales del sector y que continuaremos luchando por  la defensa y existencia de nuestro Convenio Colectivo como objetivo prioritario, rechazando cualquier negociación de empresa o ámbito inferior a éste Convenio, “que no tenga claramente garantizado y definido lo establecido en el art.82 del vigente Convenio Colectivo Nacional, por ser condiciones mínimas las de este Convenio Colectivo Nacional Art-8.,”. Cualquier otro acuerdo que no contemple el mínimo establecido en el Art-82 es, simplemente, un descuelgue.
 
En las próximas fechas, nos pondremos en contacto con cada uno de los territorios al objeto de lograr la mayor coordinación y efectividad de las distintas acciones de protesta, intentando la unidad de acción con el resto de Sindicatos.



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