/ UGT-Seguridad-Privada Seguridad-Privada : El TS corrige doctrina y establece que las horas sindicales deben calcularse en función de toda la plantilla a la hora de calcular las horas sindicales a las que tienen derecho los delegados de los sindicatos de sección sindical en empresas de ámbito estatal.

sábado, 25 de octubre de 2014

El TS corrige doctrina y establece que las horas sindicales deben calcularse en función de toda la plantilla a la hora de calcular las horas sindicales a las que tienen derecho los delegados de los sindicatos de sección sindical en empresas de ámbito estatal.

El Tribunal Supremo ha corregido su doctrina respecto a la escala que debe aplicarse a la hora de calcular las horas sindicales a las que tienen derecho los delegados de los sindicatos de sección sindical en empresas de ámbito estatal.

Mientras que la doctrina anterior establecía que las horas dedicadas a funciones de representación sindical debían referenciar su escala a cada centro de trabajo, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que señala que debe tomarse como referencia la totalidad de la plantilla de la empresa.


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