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viernes, 19 de diciembre de 2014

FAGUS SEGURIDAD | CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA FAGUS SEGURIDAD SL | Euskadi | 2014 -2018 | Afecta a los subrogados

Entre otras barbaridades, se establece una jornada anual de 1870 horas, y el anexo salarial para el vigilante asciende a 970 euros.

3.  Las normas contenidas en el presente Convenio Colectivo se aplicarán a todos los trabajadores de Fagus Seguridad, S.L. cualquiera que fuera o sea la ubicación del centro de trabajo, propio o ajeno, en el que prestan servicios dichos trabajadores, y con independencia de que su contratación sea realizada directamente por la empresa o se produzca, en su caso, y dada su condición de empresa de servicios, por el mecanismo de subrogación de contratos de trabajo.


GOBIERNO VASCO
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
Delegación Territorial de Gipuzkoa

RESOLUCIÓN del Delegado Territorial de Trabajo, Empleo y Políticas Sociales, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del convenio colectivo de Fagus Seguridad, S.L. (código 20101152012014).  

ANTECEDENTES

Primero.  El día 10 de septiembre de 2014 se suscribió el convenio citado por la dirección de empresa y los delegados de personal.

Segundo.  El día 17 de septiembre de 2014 se presentó en esta Delegación Territorial solicitud de registro, depósito y publicación del referido convenio.

Tercero.  Se ha efectuado el requerimiento previsto en el art. 8 del Decreto 9/2011, de 25 de enero (Boletín Oficial del País Vasco de 15-2-2011), y se ha cumplimentado el 26 de noviembre de 2014.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.  La competencia prevista en el art. 90.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el art. 19.1.g del Decreto 191/2013, de 9 de abril (Boletín Oficial del País Vasco de 24-04-2013) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (Boletín Oficial del País Vasco de 15-2-2011) y con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Boletín Oficial del Estadode 12-6-2010) sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.

Segundo.  El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En su virtud,

RESUELVO

Primero.  Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, con notificación a las partes.

Segundo.  Disponer su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
San Sebastián, a 27 de noviembre de 2014.—El delegado territorial, Ramón Lertxundi Aranguena.    (11130)

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA FAGUS SEGURIDAD SL


https://ssl4.gipuzkoa.net/castell/bog/2014/12/16/c1411130.htm


Nº de registro de empresas de seguridad: 3789

SEDE CENTRAL, SAN SEBASTIAN
CAMINO PILOTEGI, 12 F14
20018 SAN SEBASTIAN
TEL./FAX 943 225 840
E-MAIL operativa@fagusseguridad.com

SUBDELEGACION BIZKAIA
EDIFICIO FUENTES - EL JUNCAL, Nº 2 - 3º DPTO 14
VALLE DE TRÁPAGA - BIZCAIA
TEL./FAX 94 490 57 53
E-MAIL fagusbizkaia@fagusseguridad.com

SUBDELEGACION LA RIOJA
C/ HERMANOS MOROY, 1 OFICINA 312
26001 LOGROÑO, LA RIOJA
TEL./FAX 941 239 204

E-MAIL larioja@fagusseguridad.com


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