/ UGT-Seguridad-Privada Seguridad-Privada : La Audiencia Nacional anula el expediente de regulación de Roca | La empresa deberá readmitir a 249 personas en Alcalá de Henares y 227 en Alcalá de Gaudaira | La sentencia reconoce que el ajuste vulneró el derecho a la libertad sindical

jueves, 13 de junio de 2013

La Audiencia Nacional anula el expediente de regulación de Roca | La empresa deberá readmitir a 249 personas en Alcalá de Henares y 227 en Alcalá de Gaudaira | La sentencia reconoce que el ajuste vulneró el derecho a la libertad sindical

La Audiencia Nacional ha declarado nulo el expediente de regulación de empleo por el que Roca Sanitarios cerró la fábrica sevillana de Alcalá de Guadaira y despidió a sus 249 trabajadores y a otros 227 en la factoría de Alcalá de Henares (Madrid), el pasado marzo.
 
Los sindicatos CC OO y UGT impugnaron el ERE al entender que se había vulnerado el derecho a la libertad sindical porque se "les conminó a activar el despido de trabajadores de la sección de bañeras de Alcalá", que no estaban afectados por el ERE, si los miembros del comité de empresa de Sevilla querían ejercer su derecho de preferencia de permanencia en la empresa.

La sala de lo Social de la Audiencia Nacional considera que en efecto se vulneró dicho derecho, "que no es un privilegio" sino una "garantía de los representantes de los trabajadores" que les permite negociar sin la presión de saberse afectados y por otra parte asegura que los trabajadores mantienen a sus represenantes tras los despidos. La nulidad del ERE implica que la empresa tiene que readmitir a todos los trabajadores.

Tanto la inspección de trabajo como el ministerio fiscal apoyaron las alegaciones de los sindicatos. La sentencia de la Audiencia Nacional considera que al cerrarse la factoría de Sevilla la empresa no estaba obligada a dar a los miembros del comité el derecho de permanencia, pero al hacerlo vulneró el derecho a la libertad sindical ya que les colocó en una situación "peculiar" que les restó manifiestamente objetividad y les "quitaba cualquier credibilidad" ante sus compañeros.
 
"Si optaban por la permanencia en un centro que nunca les eligió", el de Alcalá de Henares, perjudicaban a los trabajadores de dicho centro cuyos puestos no estaban en cuestión, añade la sentencia.
 
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