La reunión celebrada en Vitoria con responsables políticos del Gobierno Vasco conto con la participación de Isidro Campo y Diego Giraldez. Durante las misma ambas partes coincidieron en la necesidad de introducir en los pliegos de contratación de seguridad privada cláusulas que garanticen una contratación pública socialmente responsable.
Incorporar como referente de cumplimiento el Convenio Sectorial, rebajar la puntuación de la oferta económica, introducir elementos vinculados a la formación del personal, así como el seguimiento del cumplimiento del contrato durante su ejecución, fueron elementos de debate y a su vez plenamente compartidos. En este sentido quedan emplazados en ir avanzando en este objetivo de garantizar condiciones laborales y de calidad de servicios suficientes fruto de la contratación a realizar en el futuro.
Posteriormente a este encuentro, se trataron temas relacionados con la negociación colectiva del sector de la seguridad, así como de la problemática existente en los auxiliares de servicios. Por otra parte, se abordó la necesidad de dar respuesta a los problemas que se viene produciendo en el Transporte de Fondo y que deben ser ampliamente explorados en la negociación colectiva
Punto sin duda de vital importancia para la totalidad del Sindicato debe centrarse en la necesidad de conseguir adelantar la edad de jubilación del personal de seguridad privada siendo esta iniciativa vital para el presente y futuro de los profesionales del sector.
miércoles, 22 de febrero de 2017
El responsable federal y responsable de Euskadi del Sindicato de Seguridad privada mantiene reunión con el Gobierno Vasco
viernes, 17 de febrero de 2017
La edad media real a la que se jubilan los trabajadores es 64,1 años hasta llegar a los citados 67 años desde 2027.
Fuertes recortes de las cuantías
La jubilación anticipada lleva asociado un lógico recorte de la cuantía, que es de un 8% por cada año de anticipación sobre la edad legal con carácter general ( salvo lo establecido para coeficientes reductores). Si se acreditan más de 30 años de cotización, la reducción será de un 7,5% por cada año de anticipo, del 7% si se acreditan de 35 a 37 años cotizados, un 6,5% de reducción por año si se acreditan 38 o 39 de cotización y solo un recorte del 6% por cada año si se han cotizado 40 años o más.
Los tipos de jubilación: parcial, anticipada, demorada o activa
En España el 51% de los trabajadores se jubilan al cumplir la edad de jubilación;el 44% se retira de forma temprana antes de cumplir esa edad;y solo el 5% sigue trabajando después de cumplir la edad de jubilación. Estas son las principales modalidades de retiro:
Jubilación ordinaria. Se produce cuando el trabajador cumple la edad legal de retiro ese año. Con anterioridad a 2013 eran los 65 años, pero desde entonces sube cada año de forma progresiva, este año son los 65 años y 5 meses. El trabajador debe haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social y dos de estos años deben estar en los diez anteriores a la jubilación.
Jubilación anticipada. Se produce antes de cumplir la edad legal de jubilación. Hay dos tipos:la forzosa –derivada del despido involuntario del empleado–;y la voluntaria, a la que se accede por propia voluntad del trabajador. Tienen requisitos diferentes. Para acogerse a la forzosa, el trabajador debe haber cumplido una edad inferior en cuatro años a la edad legal de jubilación en cada momento. Además tiene que estar inscritos como demandantes de empleo al menos seis meses antes de la solicitud de jubilación y acreditar al menos 33 años cotizados.
En el caso de la voluntaria el trabajador debe tener como mínimo dos años menos que la edad legal de jubilación en cada caso. Tendrá que acreditar un mínimo de 35 años cotizados a la Seguridad Social.
Jubilación parcial: En esta modalidad el trabajador reduce su jornada y empieza a cobrar la parte proporcional de la pensión. La edad de acceso depende de si la empresa contrata a un trabajador que le releve durante la reducción de la jornada o no. Si no hay relevista se exige la edad legal de jubilación. Pero si lo hubiera, actualmente está vigente un aumento progresivo de la edad y los años cotizados exigidos para su acceso. En 2017 la edad mínima son 61 años y 10 meses con un mínimo de 33 años cotizados. A partir de 2027 la edad mínima serán 63 años o 65 si no se han cotizado más de 33 años. La reducción de la jornada está entre el 25% y el 50%, a no ser que el trabajador relevista tenga un contrato fijo, en ese caso puede reducirse un 75%. A diferencia de la jubilación anticipada, que sí está penalizada con un recorte de la cuantía de la pensión, en la jubilación parcial se cobra el 100% de la pensión cuando uno se jubila del todo.
Jubilación demorada: El trabajador tiene que haber cotizado como mínimo 15 años en el momento de cumplir la edad legal de jubilación en cada momento. Se reconoce al trabajador un incremento de la pensión del 2% por cada año más completo de cotización si se tenían cotizados hasta 25 años; un 2,75% más, si se hubieran cotizado de 26 a 37 años y un 4% adicional, con más de 37 años cotizados.
Jubilación activa: Los trabajadores que acceden a esta jubilación pueden seguir trabajando después de jubilarse y compatibilizar su sueldo con el cobro del 50% de la pensión. Deben haber cumplido la edad legal de jubilación en cada momento y haber cotizado para cobrar el 100% de la pensión.
Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2017.
Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2017.
https://www.boe.es/boe/dias/2017/02/11/pdfs/BOE-A-2017-1369.pdf
TEXTO
Seguridad Nacional | Funcionamiento integrado del Sistema de Seguridad Nacional.
Consejo de Seguridad Nacional | Estrategia de Seguridad Nacional 2017.
jueves, 16 de febrero de 2017
miércoles, 1 de febrero de 2017
UGT saldrá a la calle si la patronal no se sienta a negociar el Convenio de Seguridad Privada
En el día de hoy los sindicatos con representación en la mesa negociadora del convenio de seguridad privada han remitido en forma conjunta, un escrito a las Patronales del Sector, donde se solicita seguir con la negociación colectiva.
La Patronal amparada en un debate jurídico sobre su representatividad, lleva alargando en el tiempo, la necesidad de abordar el debate sobre las condiciones del próximo convenio colectivo.
Desde el Sindicato Federal de Seguridad Privada y Servicios Auxiliares de FeSMC UGT, entendemos que dicha situación no debe servir para no explorar el contenido futuro de la negociación, así como la postura de la Patronal se sitúa como una falta de respeto al colectivo de vigilantes de seguridad.
Queremos desde UGT sentarnos a negociar, abordar los temas que debamos abordar con acuerdo o sin él, escuchar y ser escuchados desde el objetivo de mejorar lo anteriormente firmado, pero si la Patronal no se sienta a negociar situaremos la voz en la calle