La
Fiscalía pide cuatro años de prisión para el ex gerente y un jefe de
planta. Se les acusa de un delito contra el derecho de los trabajadores y
homicidio imprudente
25.09.08 -
DV.
La Fiscalía de la Audiencia de Gipuzkoa solicita una condena de cuatro
años de prisión para el ex gerente y un jefe de planta del vertedero de
la mancomunidad de San Marcos por la muerte en 1998 de un vigilante de
dicha instalación como consecuencia de una explosión de metano. El
ministerio público considera que los responsables del complejo de
almacenamiento de residuos no adoptaron las medidas oportunas para
evitar riesgos en el lugar del siniestro. La acusación pública imputa a
los acusados un delito contra los derechos de los trabajadores en
concurso con un homicidio imprudente.
La acusación
se dirige contra Iñaki C. A., ex director gerente de la Mancomunidad de
San Marcos en la época en la que tuvieron lugar los hechos, y José
Javier Z. I., jefe de planta y encargado del vertedero en las mismas
fechas.
Los hechos ocurrieron el 8 de noviembre de
1998, cuando el guarda de seguridad José Miguel Cobos Bravo perdió la
vida tras una explosión de gas metano procedente de las emanaciones que
la propia basura genera. La víctima se hallaba en el interior de una
caseta situada junto a la báscula de pesaje con la puerta y las ventanas
cerradas. Sobre las once de la noche, el guarda se dispuso a encender
un cigarro. Para ello cogió un mechero, los accionó y la fuente de
calor, en contacto con el gas, produjo una explosión. La Fiscalía
sostiene que el metano penetró a la cabina de guarda a través de un
conducto hueco que comunicaba la báscula con una tarima situada bajo la
mesa del trabajador.
Puerta sellada
La
acusación asegura que tras la explosión, el trabajador intentó salir
del cuarto, aunque le resultó imposible toda vez que, debido a las altas
temperaturas, las juntas de caucho de la puerta se fundieron, con lo
que la entrada quedó sellada. La salida del lugar a través de las
ventanas tampoco fue posible, ya que todas ellas estaban protegidas con
barrotes. Quince minutos después, empleados de Fomento de Construcciones
y Contratas derribaron la puerta y auxiliaron al herido.
El
vigilante sufrió múltiples quemaduras de segundo y tercer grado en
piernas, manos y cara que afectaron al 22% de su superficie corporal. La
víctima fue evacuada a la Unidad de Grandes Quemados del Hospital de
Cruces, donde falleció al cabo de diez días.
La
Fiscalía sostiene que los acusados, pese a que sabían que en el
vertedero se producían emanaciones de metano capaces de generar
situaciones de riesgo, no adoptaron las medidas oportunas para
evitarlas. Recuerda en este sentido que la instalación eléctrica de las
dependencias de los trabajadores carecían de protección específica para
atmósferas con riesgo de explosión. Añade que el puesto del control de
la báscula no disponía de una evaluación de riesgos laborales en la que
se contemplara la explosión.
La acusación pública
mantiene que ni en las instalaciones del edificio ni en sus
inmediaciones había indicaciones relativas al riesgo de explosión,
prohibición de fumar o de encender llamas. Subraya asimismo que no se
habían impartido instrucciones entre los trabajadores.
La
Fiscalía precisa en su escrito de calificación que las dependencias
cerradas del vertedero que eran ocupadas por los trabajadores no
disponían tampoco de detectores de gases u otros medios de protección
que alertaran del riesgo de asfixia y explosión. Indica igualmente que
carecían de dispositivos que asegurasen su ventilación permanente y que
tampoco se realizaban mediciones periódicas de explosividad tendentes a
controlar el biogás procedente del vertedero.
La
Fiscalía indica que «estas graves deficiencias», constituyen una
infracción de la normativa laboral que puso en grave peligro a los
trabajadores. Recuerda que si los inculpados hubiesen adoptado las
medidas de seguridad «se habría evitado» la muerte del vigilante.
Por
este mismo suceso, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales impuso en 1999 una sanción de
cinco millones de pesetas a pagar de forma solidaria por la empresa
Fomento de Construcciones y Contratas y la Mancomunidad de San Marcos,
al considerar que se cometió una infracción «muy grave» por no haber
aplicado las debidas medidas preventivas. La inspección sostuvo que
aquella falta de medidas generó un «riesgo grave e inminente para la
seguridad y salud de los trabajadores»