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viernes, 15 de julio de 2016

ALCOR SEGURIDAD | Informe del Fiscal del Tribunal Supremo | Sentencia de la Audiencia Nacional que estimó parcialmente la demanda de impugnación de convenio colectivo planteada por FeS-UGT, CC.OO. y FTSP-USO frente a ALCOR SEGURIDAD por nulidad de aquél.



ALCOR SEGURIDAD | Asimismo, os informamos de que la votación y fallo de este recurso se ha fijado para el próximo día 27 de septiembre de 2016.

Adjunto remitimos el Informe del Fiscal del Tribunal Supremo, emitido en el trámite de Recurso formalizado por las Secciones Sindicales de USO y UGT y el sindicato USO frente a la Sentencia de la Audiencia Nacional que estimó parcialmente la demanda de impugnación de convenio colectivo planteada por FeS-UGT, CC.OO. y FTSP-USO frente a ALCOR SEGURIDAD por nulidad de aquél.


Asimismo, os informamos de que la votación y fallo de este recurso se ha fijado para el próximo día 27 de septiembre de 2016.

Os agradeceríamos que le hicieseis llegar la documentación adjunta a los representantes de UGT en la empresa, ya que no disponemos de ningún coreo electrónico donde poder remitírsela directamente.

Un saludo.

 

DESCARGAR INFORME DE FISCALIA 

viernes, 19 de febrero de 2016

Cyrasa Seguridad | Sentencia de la Audiencia Nacional relativa al Convenio colectivo de Cyrasa Seguridad, SL.

Visto el fallo de la Sentencia n.º 2/2016 de la Audiencia Nacional (Sala de Social), de fecha 14 de enero de 2016, recaída en el procedimiento n.º 294/2015, seguido por la demanda del sindicato Federación de Servicios de UGT (FeS-UGT) contra la empresa «Cyrasa Seguridad, S.L.», D. David Ortega Perea (representante de los trabajadores) y el Ministerio Fiscal, sobre impugnación de Convenio colectivo, Y teniendo en consideración los siguientes Antecedentes de hecho Primero. En el Boletín Oficial del Estado de 1 de marzo de 2013, se publicó la resolución de esta Dirección General de Empleo, de 12 de febrero de 2013, en la que se ordena inscribir en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo y publicar en el Boletín Oficial del Estado, el Convenio colectivo de la empresa «Cyrasa Seguridad, S.L.» (código de convenio n.º 90101192012013). Segundo. El día 22 de enero de 2016 tuvo entrada en el registro general del Departamento la sentencia antecitada de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en cuyo fallo se acuerda declarar la nulidad del Convenio colectivo de la empresa «Cyrasa Seguridad, S.L.» suscrito el 1 de octubre de 2012 y publicado en el BOE del 1 de marzo de 2013. Fundamentos de Derecho Primero y único. De conformidad con lo establecido en el artículo 166.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, cuando la sentencia sea anulatoria, en todo o en parte, del Convenio colectivo impugnado y éste hubiera sido publicado, también se publicará en el Boletín Oficial en que aquél se hubiere insertado. En consecuencia, esta Dirección General de Empleo resuelve: B.O.E

Convenio colectivo de Prosegur BPO España, SL.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Prosegur BPO España, S.L. y sus trabajadores (código de convenio n.º 90102332012016), que fue suscrito, con fecha 22 de diciembre de 2015, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en su representación, y de otra, por los delegados de personal en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Empleo resuelve: B.O.E.

viernes, 1 de enero de 2016

SE REGISTRA Y PUBLICA EL CONVENIO COLECTIVO MARCO DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES 2015-2016.

Visto el texto del Convenio colectivo marco de la Unión General de Trabajadores 2015-2016 (código de convenio n.º 90010222011996), que fue suscrito, con fecha 29 de octubre de 2015, de una parte, por la Comisión de Seguimiento de la Política de Personal, en representación de la empresa, y, de otra, por la Sección Sindical Estatal de los Trabajadores de UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de diciembre de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
CONVENIO COLECTIVO MARCO DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES 2015 -2016

viernes, 19 de diciembre de 2014

FAGUS SEGURIDAD | CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA FAGUS SEGURIDAD SL | Euskadi | 2014 -2018 | Afecta a los subrogados

Entre otras barbaridades, se establece una jornada anual de 1870 horas, y el anexo salarial para el vigilante asciende a 970 euros.

3.  Las normas contenidas en el presente Convenio Colectivo se aplicarán a todos los trabajadores de Fagus Seguridad, S.L. cualquiera que fuera o sea la ubicación del centro de trabajo, propio o ajeno, en el que prestan servicios dichos trabajadores, y con independencia de que su contratación sea realizada directamente por la empresa o se produzca, en su caso, y dada su condición de empresa de servicios, por el mecanismo de subrogación de contratos de trabajo.


GOBIERNO VASCO
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
Delegación Territorial de Gipuzkoa

RESOLUCIÓN del Delegado Territorial de Trabajo, Empleo y Políticas Sociales, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del convenio colectivo de Fagus Seguridad, S.L. (código 20101152012014).  

ANTECEDENTES

Primero.  El día 10 de septiembre de 2014 se suscribió el convenio citado por la dirección de empresa y los delegados de personal.

Segundo.  El día 17 de septiembre de 2014 se presentó en esta Delegación Territorial solicitud de registro, depósito y publicación del referido convenio.

Tercero.  Se ha efectuado el requerimiento previsto en el art. 8 del Decreto 9/2011, de 25 de enero (Boletín Oficial del País Vasco de 15-2-2011), y se ha cumplimentado el 26 de noviembre de 2014.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.  La competencia prevista en el art. 90.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el art. 19.1.g del Decreto 191/2013, de 9 de abril (Boletín Oficial del País Vasco de 24-04-2013) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (Boletín Oficial del País Vasco de 15-2-2011) y con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Boletín Oficial del Estadode 12-6-2010) sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.

Segundo.  El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En su virtud,

RESUELVO

Primero.  Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, con notificación a las partes.

Segundo.  Disponer su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
San Sebastián, a 27 de noviembre de 2014.—El delegado territorial, Ramón Lertxundi Aranguena.    (11130)

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA FAGUS SEGURIDAD SL


https://ssl4.gipuzkoa.net/castell/bog/2014/12/16/c1411130.htm


Nº de registro de empresas de seguridad: 3789

SEDE CENTRAL, SAN SEBASTIAN
CAMINO PILOTEGI, 12 F14
20018 SAN SEBASTIAN
TEL./FAX 943 225 840
E-MAIL operativa@fagusseguridad.com

SUBDELEGACION BIZKAIA
EDIFICIO FUENTES - EL JUNCAL, Nº 2 - 3º DPTO 14
VALLE DE TRÁPAGA - BIZCAIA
TEL./FAX 94 490 57 53
E-MAIL fagusbizkaia@fagusseguridad.com

SUBDELEGACION LA RIOJA
C/ HERMANOS MOROY, 1 OFICINA 312
26001 LOGROÑO, LA RIOJA
TEL./FAX 941 239 204

E-MAIL larioja@fagusseguridad.com


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