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viernes, 21 de julio de 2017

A partir de agosto las comunidades autónomas podrán activar el cheque formación


La ministra de Empleo y Seguridad Social, ha puesto de relieve en el Congreso de los Diputados la apuesta del Gobierno desde 2012 por la libertad en la formación de desempleados, regulando el cheque formación. "Por ello -ha añadido-, en la próxima Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales vamos a incluir un punto en el orden del día para que a partir del mes de agosto las comunidades autónomas que quieran puedan poner en marcha el cheque formación".

Báñez ha garantizado que mediante la regulación del cheque formación los trabajadores desempleados "directamente y sin intermediarios", podrán elegir libremente, entre las entidades de formación seleccionadas por la Administración Pública competente, el centro de formación donde mejorar su empleabilidad. De este modo, según ha asegurado, se apuesta por la libertad de elección en la formación de desempleados.
El Estado ha cumplido su compromiso, ha puntualizado la ministra, y corresponde ahora a las Comunidades Autónomas, en el marco de sus competencias, ponerlo en práctica.
En su intervención la titular de Empleo ha explicado que La reforma laboral de 2012 contemplaba ya la creación del cheque formación al disponer que "el Gobierno, previa consulta con los interlocutores sociales, evaluará la conveniencia de crear un cheque formación destinado a financiar el derecho individual a la formación de los trabajadores".
Posteriormente, la ley de formación profesional para el empleo de 2015, aprobada con un 90% de respaldo parlamentario, y el recién aprobado reglamento de desarrollo de la misma, recogen la normativa básica sobre el cheque formación, y corresponde a las CCAA el desarrollo y la implantación del mismo.

martes, 11 de noviembre de 2014

La Comisión Europa cree que el recorte salarial en España fue "lento, ineficaz e injusto" | LOS TRABAJADORES FIJOS, EN EL PUNTO DE MIRA

¿Recuerdan cuando el vicepresidente económico de la Comisión Europea, Olli Rehn, exigía a España que bajase los salarios al menos en un 10% para salir de la crisis? Este lunes la misma institución ha vuelto al mismo tema para denunciar que el recorte de salarios que se ha producido en España durante la crisis ha sido "lento, ineficaz e injusto", ya que ha perjudicado especialmente a los trabajadores temporales en beneficio de los fijos. El Ejecutivo comunitario ha vuelto a reclamar al Gobierno de Mariano Rajoy una reforma laboral que reduzca las diferencias entre los contratos indefinidos y temporales.

 En realidad Bruselas no pone tanto en duda la caída de los sueldos, sino que esta no se haya aplicado también a los trabajadores fijos: "Estos resultados exigen una reforma de la legislación del mercado laboral que reduzca la diferencia entre los trabajadores fijos y los temporales y facilite la capacidad de respuesta de los salarios también en el caso de los trabajadores fijos", destaca un informe publicado por el departamento de Asuntos Económicos de la Comisión.
Entre 2008 y 2013, la crisis económica y financiera se saldó con la destrucción de casi 3,5 millones de puestos de trabajo, cifra que representa una caída del empleo del 16%. Además, los salarios reales agregados cayeron alrededor del 4,5%, según destaca el estudio.
Sin embargo, el Ejecutivo comunitario alerta de que estas cifra agregadas esconden importantes diferencias entre el impacto en los trabajadores fijos y los temporales. "El proceso de ajuste salarial en España, que empezó en serio sólo en 2010, ha sido lento e ineficaz y ha golpeado a los trabajadores temporales de forma desproporcionadamente dura", resalta el estudio.
LOS TRABAJADORES FIJOS, EN EL PUNTO DE MIRA
El tamaño del ajuste salarial ha sido "tres veces más grande para los trabajadores temporales que para los fijos". "Esto no es sorprendente considerando la posibilidad de renegociar los salarios cuando expiran los contratos fijos. También sugiere que los trabajadores temporales han sido penalizados dos veces: quedando expuestos a un mayor riesgo de despido y sujetos a un ajuste (salarial) más fuerte", apunta Bruselas.
La Comisión Europea denuncia además que "el relativamente elevado grado de protección en el empleo que la legislación española concede a los trabajadores con contratos indefinidos" distorsionó las decisiones de las empresas sobre despidos.
"Como las decisiones de las empresas sobre despidos están afectadas por los costes, es posible que factores que no tienen nada que ver con el rendimiento, como la antigüedad, hayan influido en las decisiones de las compañías sobre a cuáles de sus trabajadores fijos debían despedir", resalta el estudio.
"Al mismo tiempo, entre los trabajadores temporales, prevaleció la racionalidad económica y los empresarios pudieron retener a la fuerza laboral más productiva", señala el Ejecutivo comunitario. El resultado es que la mejora en la calidad media de la fuerza laboral "ha sido el doble de importante" en el caso de los trabajadores temporales que en el de los fijos.
"Considerándolo todo, estos resultados respaldan la evidencia de que la elevada dualidad en el mercado laboral puede conducir a un proceso de ajuste lento e ineficiente, que penaliza de manera desproporcionada a los trabajadores temporales", concluye el informe.

Información completa en http://www.huffingtonpost.es/2014/11/11/recorte-salarial-ue_n_6137482.html

miércoles, 24 de septiembre de 2014

Real Decreto 751/2014, de 5 de septiembre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016

La Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, tiene como objetivo estratégico la construcción de un nuevo modelo de relaciones laborales que frene la destrucción de empleo, siente las bases para la creación de empleo estable y de calidad y favorezca la competitividad.
Asimismo la reforma del mercado laboral puso en marcha un proceso de transformación de las políticas activas de empleo para posibilitar un diseño de políticas activas y pasivas más dinámicas y eficientes complementario y coherente con el nuevo marco de relaciones laborales y de contratación que permitan reforzar los mecanismos preventivos, mejorar la empleabilidad de los trabajadores, y favorecer la transición al empleo.
Por otra parte, se aprobó la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que define un marco de control riguroso sobre el presupuesto de todos los agentes del sector público. Por primera vez desde el comienzo de la crisis, se acometió un verdadero esfuerzo sistemático y coordinado entre todas las Administraciones Públicas de reducción del déficit público, que desde 2009 se encontraba en unos niveles insostenibles.
La Recomendación del Consejo Europeo de junio de 2012 de aumentar la eficacia de las políticas activas de trabajo y de reforzar la coordinación entre los Servicios Públicos de Empleo nacionales y regionales, fue asumida en la V Conferencia de Presidentes Autonómicos, de 2 de octubre de 2012, por el Presidente de Gobierno y los Presidentes de las comunidades autónomas.
En el año 2012, bajo el principio de consolidación fiscal se aprobó el primer Plan anual de política de empleo para 2012, instrumento de coordinación de la totalidad de medidas de políticas activas que se llevan a cabo desde los distintos servicios públicos de empleo autonómicos y el Servicio Público de Empleo Estatal, combinando la flexibilidad en la ejecución con la coherencia que otorgan una serie de objetivos comunes establecidos como prioritarios en dicho Plan.
Este Plan anual de política de empleo para 2012, fue acorde con la estabilidad presupuestaria, y se elaboró en el marco de la Estrategia española de empleo 2012-2014, vigente en ese momento aprobada por el Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre. No obstante, el marco de la Estrategia no ha resultado acorde con el contexto actual ni con las exigencias europeas.
En particular, hay que señalar que la Estrategia 2012-2014 no incluía la evaluación como un aspecto reforzado del diseño, planificación, programación, ejecución y control de los resultados de las políticas de activación para el empleo.
En ese contexto y en el seno de la Conferencia sectorial de empleo y asuntos laborales, las comunidades autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal, acordaron una nueva metodología, unos nuevos objetivos, instrumentos e indicadores para posibilitar el Plan anual de política de empleo para 2013. La clave del cambio al nuevo modelo de políticas activas de empleo está en pasar desde un modelo de financiación y gestión articulado en torno a programas establecidos centralizadamente a un nuevo marco acorde con las competencias de las comunidades autónomas en políticas activas, en el marco de la unidad de mercado, basado en la evaluación.
Los citados planes han servido de antesala al Plan anual de política de empleo para 2014. Es más, el Programa Nacional de Reformas, aprobado en el Consejo de Ministros de 30 de abril de 2014, ha sido consciente de la necesidad de consolidar y profundizar en este impulso mediante una nueva Estrategia plurianual de políticas de activación para el empleo. Esta Estrategia es coherente con la Recomendación del 8 de julio de 2013 del Consejo de la UE a España de realizar una reforma de las políticas activas de mercado de trabajo, orientadas a la consecución de resultados, fortaleciendo la focalización y la eficiencia de las orientaciones. Asimismo, recomienda reforzar y modernizar los servicios públicos de empleo para garantizar una asistencia individualizada a los desempleados según sus perfiles y necesidades de formación; reforzar la eficacia de los programas de recualificación para los trabajadores de más edad y de escasa cualificación. Finalmente, recomienda poner en funcionamiento el portal único de empleo y acelerar la aplicación de la colaboración público-privada en los servicios de colocación.
La nueva Estrategia española de activación para el empleo 2014-2016, ha requerido de cambios legislativos en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, introducidos por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Esta nueva Estrategia se articula en torno a seis ejes (orientación, formación, oportunidades de empleo, igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, emprendimiento y mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Empleo) previamente consensuados entre el Servicio Público de Empleo Estatal y las comunidades autónomas.
Además cuenta con objetivos estratégicos y estructurales. Los objetivos estratégicos se aprobarán por el Gobierno, son selectivos y se dirigen a un ámbito o finalidad concretos. Los objetivos estructurales son estables, exhaustivos y deben cubrir todo el ámbito de las políticas activas.
Ambos objetivos (estructurales y estratégicos) están relacionados entre sí, de forma que cada comunidad priorizara los que considere conveniente, para conseguir el objetivo final y ser eficientes con el gasto que realicen en políticas activas. Para ello, cada objetivo tendrá un indicador que medirá al final de cada año si se han cumplido los objetivos y que condicionara el reparto de los fondos destinados a las políticas de activación para el empleo.
Por ello, esta nueva Estrategia permitirá la transparencia y anticipación en la propuesta de los programas por parte de todas las comunidades autónomas, que de forma más flexible podrán proponer las medidas que consideren más convenientes destinadas a cumplir objetivos predeterminados y a priorizar en función de su importancia, y todo ello dentro de la necesaria gradualidad que debe imperar entre el sistema anterior y el nuevo modelo.
Por otro lado, la nueva Estrategia tiene muy presente el marco trazado por la Estrategia de emprendimiento y empleo joven 2013-2016, en la que se incluye un amplio conjunto de medidas (hasta 100), incluidas muchas de ellas en el ámbito de actuación del Sistema Nacional de Empleo.
Asimismo, debe tenerse en cuenta la importancia de la adaptación de los servicios públicos de empleo para dar cumplimiento al compromiso de implantación de la Garantía juvenil, que se articulará en España mediante el Plan nacional de implantación de la garantía juvenil.
La aprobación de la Estrategia corresponde al Gobierno, en el ejercicio de las competencias definidas en el artículo 3.1 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, la cual se lleva a cabo mediante este real decreto, que ha sido sometido a informe de la Conferencia sectorial de empleo y asuntos laborales, del Consejo general del sistema nacional de empleo, así como de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, del Consejo de fomento de la economía social, y de las organizaciones más representativas del trabajo autónomo.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Empleo y Seguridad Social y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 5 de septiembre de 2014,

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lunes, 28 de julio de 2014

Claves para entender el nuevo sistema de bajas laborales | Las mutuas tendrán más poder al controlar los procesos desde el primer día y proponer a los médicos altas "motivadas" | Si el trabajador no justifica su ausencia en un reconocimiento médico podrá perder la prestación

Hace pocos días, el Gobierno aprobó el nuevo sistema de gestión y control de las bajas laborales, que concede más poder a las mutuas: si antes podían controlar las bajas desde el decimosexto día (que es cuando la mutua se hacía cargo de ciertas prestaciones), ahora podrán hacerlo desde el primer momento. Además, podrán aconsejar al médico la declaración del alta "motivada" del trabajador, que apoyarán con informes y pruebas, para lo que podrán acceder a parte del expediente médico del trabajador.
 
En un primer momento, las mutuas iban a tener capacidad de conceder altas, pero, tras las críticas de los sindicatos, esta idea fue descartada. Con este mayor control de las bajas, el Gobierno estima un ahorro de 500 millones de euros y considera que se realizará una mejor gestión de los recursos de las mutuas.

¿Quién será responsable de darme la baja y el alta?

En todos los casos, el médico del servicio público de salud encargado del caso. Eso sí, la Seguridad Social pondrá a disposición de los médicos una guía con tablas de duración óptima y de grado de incidencia de las distintas patologías susceptibles de generar incapacidades.
En las incapacidades temporales estimadas para menos de cinco días, los partes de baja y alta se emitirán en el mismo acto médico; para bajas de hasta 30 días se renovará cada 14 días; para bajas de entre 31 y 60 días se confirmará la baja cada 28 días y a partir de 61 días de baja se renovarán cada 35 días.
¿Puede una mutua darme el alta?
No, pero podrán influir en la decisión. Las mutuas podrán proponer el alta médica, pero deberá ser el médico del servicio público de salud el que se pronuncie, o bien confirmando la baja o bien acordando el alta, en un máximo de cinco días. Si en este plazo no existe contestación del facultativo o hay discrepancia, la mutua podrá solicitar el alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que deberá pronunciarse en el plazo de cuatro días.

¿Qué papeles tengo que hacer?

Cuando el médico emita el parte (ya sea de alta, baja o confirmación), el trabajador deberá entregar una copia a la empresa en un plazo máximo de tres días. Por su parte, el servicio público de salud o la mutua se encargará de entregarlo al INSS inmediatamente y realizar los trámites correspondientes.

¿Puedo reclamar la causa de mi baja que determine el médico?

Tanto el servicio público de salud como la mutua podrán pedir al INSS una revisión de la consideración inicial de la contingencia: si es común o profesional (relacionada con la actividad laboral). El médico de la mutua podrá considerar que se trata de una patología de contingencia común y no profesional y remitir al trabajador al servicio público de salud. Será este médico el que decida si, efectivamente, la contingencia es común o si discrepa y la considera profesional. En caso de discrepancia, decidirá el INSS. También puede suceder que el trabajador no esté de acuerdo con el cambio de consideración y quiera reclamar. En este caso, también será el INSS el que tenga la última palabra.

¿Qué pasa si no acudo a un reconocimiento médico?

Todos los partes, ya sean de baja, confirmación o alta, deben ir precedidos de un reconocimiento médico. Si el trabajador no acude a este por una causa justificada, la prestación por incapacidad temporal se suspenderá cautelarmente desde el día siguiente al del reconocimiento. Si en los diez días siguientes al reconocimiento el trabajador presenta una justificación (entendiéndose esta como un informe emitido por el médico del servicio público de salud que indique que era desaconsejable que el trabajador acudiera al reconocimiento por su situación clínica), la suspensión quedaría sin efecto. Si, por el contrario, el trabajador no justifica su ausencia en esos diez días, perderá el derecho a la prestación.

¿Qué dicen los sindicatos de esta reforma?

Los sindicatos la rechazan. CCOO considera que el aumento de competencias de las mutuas cuestiona "de forma injusta" la capacidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social, del Servicio Público de Empleo y de los medios públicos para gestionar las bajas. "Todas estas modificaciones", apunta el sindicato, "se apoyan en criterios economicistas apartando de las prioridades la recuperación de la salud de los trabajadores".
UGT considera que este nuevo sistema convierte a las mutuas en "policías y fiscales de los trabajadores y de los médicos de los servicios públicos de salud" y solicita la retirada del anteproyecto de Ley.
 

miércoles, 23 de julio de 2014

Rosell pide "menos derechos" para los contratos indefinidos

El presidente de la CEOE, Juan Rosell, ha señalado que lo que "se tiene que hacer" en España es un recorte de los derechos en los contratos fijos "de los padres" para compensar diferencias con los contratos temporales "de los hijos"

Información completa

martes, 15 de julio de 2014

El Tribunal Constitucional avala la agresión a los derechos laborales y a la negociación colectiva llevada a cabo por la reforma laboral del PP

Comunicado conjunto de UGT y CCOO

 
El fallo de la sentencia dictado en el día de hoy por el Tribunal Constitucional (TC), en el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Parlamento de Navarra, contra determinados artículos de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, cuyo antecedente inmediato es el RD-Ley 3/12, ratifica la pérdida de poder de la negociación colectiva como instrumento de regulación de las relaciones laborales frente al poder unilateral del empresario, obviando el papel que la misma tiene que desempeñar en el Estado Social y democrático de Derecho que proclama nuestra modelo Constitucional.
La sentencia del Alto Tribunal al declarar la constitucionalidad de la inaplicación de las condiciones de trabajo de los convenios colectivos en las empresas, y la preferencia del convenio de empresa sobre el convenio sectorial en aspectos que afectan esencialmente a las condiciones de trabajo, hace una interpretación de la Constitución que menoscaba gravemente el derecho a la negociación colectiva que, junto al de libertad sindical y de huelga se erigen en un baluarte constitucional para la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores.
Permitir como hace ahora el Tribunal Constitucional que se inaplique un convenio colectivo simplemente con el Voto de la Administración, en un órgano administrativo, la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (CCNCC), es retrotraernos a la época franquista de las relaciones laborales e ignorar el pronunciamiento de la Organización Internacional de Trabajo (OIT ) en la Queja presentada por CCOO y UGT sobre la reforma laboral que expresamente ha señalado que: “para conseguir y conservar la confianza de la partes, todo sistema de arbitraje debería ser realmente independiente, es decir que los resultados de los arbitrajes no deberían ser predeterminados por criterios legislativos.”
En relación con la prioridad aplicativa de convenio de empresa, el Diálogo Social venía conformando la estructura de la negociación colectiva en el sector correspondiente, teniendo en cuenta las necesidades del mismo y la cohesión social, ahora dando carta de naturaleza a que cualquier convenio de empresa pueda romper dicha conformación de la negociación colectiva se niega, obstaculiza y desvirtúa el ejercicio de la facultad negociadora de los sindicatos negando el uso adecuado de una de la herramientas más importantes de la libertad sindical: la negociación colectiva.
El periodo de prueba establecido en el contrato de apoyo a los emprendedores, también ha sido avalado por el Tribunal Constitucional, permitiendo el despido sin causa, la rotación aún mayor si cabe en el mercado de trabajo, y que los trabajadores y trabajadores de este país no puedan desarrollar una vida con estabilidad, ante la incertidumbre de ser contratados bajo una modalidad de contratación con una organización del trabajo absolutamente discrecional, más aún, después de que el Gobierno la haya posibilitado también para el contrato a tiempo parcial.
El antecedente inmediato de la Ley 3/12, objeto de la sentencia del TC, es el RDL 3/12 del Gobierno popular, que introdujo la más grave modificación de nuestro sistema de derecho laboral, y se hizo sin dialogo social previo, lo que igualmente ha sido cuestionado por la OIT en sus recientes pronunciamientos en las reclamaciones presentas por CCOO y UGT, que recrimina al Gobierno no haber llevado a cabo un proceso de dialogo social.
Las políticas de ajustes, recortes y contrarreformas sociolaborales impulsadas por la Troika, como respuesta al aumento del déficit y la deuda originada por la crisis financiera, crisis sin precedentes proveniente de los bancos, la están soportando los trabajadores y trabajadoras de este país por el aumento de las desigualdades y el riesgo de pobreza, a costa de la vulneración y el recorte de derechos, solo con medidas de recorte salariales, indemnizatorias y a costa de la conciliación de la vida personal y familiar, claramente en entre dicho, que ahora avala el Tribunal Constitucional.
El actual fallo del TC es el tercero que examina aspectos parciales de la reforma del 2012, sin haber procedido como hubiera sido más adecuado, acumular las cuestiones de inconstitucionalidad y los recursos inconstitucionalidad presentados, por lo que ha utilizado una fórmula de “despiece” previo, que le lleva a adoptar una posición parcelada sobre el contenido global de la reforma, que condicionará su pronunciamiento sobre los recursos que con carácter general se han presentado contra la reforma laboral por inconstitucionalidad.
Una vez publicada la sentencia, ambos sindicatos estudiarán las reclamaciones que, a nivel internacional, pudieran proceder

martes, 24 de junio de 2014

Los sindicatos ven "injusto" el nuevo gravamen a la indemnización por despido

CCOO y UGT exigen "diálogo" sobre la reforma fiscal y piden al Gobierno que retire una medida que "penaliza a los desempleados" y tendrá "un impacto mínimo" sobre lo que el Estado dejará de ingresar

A partir del 20 de junio, cada empleado despedido que cobrase más de 30.000 euros al año y tuviera derecho a una indemnización de más de 2.000 euros, tendrá que pagar a Hacienda casi un 28%, llegando a más del 50% para aquellos cuyo salario superase los 50.000 euros anuales.

Hasta ahora, la indemnización estaba exenta de gravamen hasta la de 45 días de salario por año trabajado, y aunque los técnicos del departamento de Montoro lo justifican para disminuir los "abusos que se están cometiendo con los despidos improcedentes" y con los ceses pactados, lo cierto es que penaliza al trabajador que es despedido y no al empresario que toma la decisión de echarle.

INFORMACIÓN COMPLETA EN
http://www.publico.es/dinero/529655/los-sindicatos-ven-injusto-el-nuevo-gravamen-a-la-indemnizacion-por-despido

domingo, 22 de junio de 2014

Las nuevas trabas para el subsidio del paro dejarán fuera el 20% de solicitudes

Los últimos recortes en el seguro de paro privarán de cobrar el subsidio por desempleo para mayores de 55 años al 20% de los potenciales beneficiarios. Así lo ha admitido la ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la sesión de control al Gobierno. La medida solo afecta a las nuevas solicitudes no a quienes ya cobran el subsidio.
 
Según los datos de Empleo, cada mes reciben unas 7.000 solicitudes de este subsidio en concreto. Por tanto, esto supone que desde el pasado lunes una media de unos 1.400 desempleados verán como se rechaza su solicitud y se quedarán no solo sin los 420 euros mensuales que supone, sino que también perderán la cotización por la base mínima que paga el Servicio Público de Empleo, por lo que la medida tiene una doble consecuencia: sobre los ingresos y sobre la pensión.
 
MÁS INFORMACIÓN
 
Empleo endurece el subsidio de paro de los mayores de 55 años Rajoy penalizará los ERE que se ceben en los mayores de 50 años 33 años para jubilarse antes.
 
El pasado viernes el Gobierno aprovechó la reforma de la jubilación parcial y anticipada para recortar el subsidio de desempleo para mayores de 55 años. No elevó la edad, pero endureció la prueba de rentas. A partir de ahora solo tienen derecho a percibir esta ayuda los desempleados que demuestren que los ingresos medios de su familia no superan el 75% del salario mínimo interprofesional (645,3 euros al mes). Dicho de otra forma, un parado mayor de 55 años no podrá cobrar este subsidio si su pareja cobra más de 903 euros al mes.
 
En su intervención en el Congreso, la ministra Báñez trató de resaltar el anverso de la moneda, que para cuatro de cada cinco posibles beneficiarios el cambio será inocuo. No obstante, esos números cuantifican el efecto de una medida que el Gobierno no facilitó el pasado viernes, cuando la aprobó el Consejo de Ministros.
 
Este nuevo recorte en el seguro de desempleo es el tercero que aplica este Gobierno, y el tercero durante la crisis. Ya el verano pasado, el Ministerio de Empleo endureció el acceso al subsidio de desempleo al eliminar el especial destinado a mayores de 45 años y elevar la edad mínima de acceso en el ordinario de 51 años a 55. Apenas unas semanas después, llegó una nueva vuelta de tuerca: para poder cobrar del plan PREPARA (la ayuda de 400 euros para aquellos parados que han agotado la prestación y el subsidio), se creó un requisito exactamente igual que el que ahora se exige para el subsidio.
 
El pasado enero, último mes con datos disponibles, cobraron el subsidio 1.236.617 parados, lo que supuso un gasto total de unos 591 millones (de los 2.777 millones que emplearon los Servicios Públicos de Empleo en pagar el seguro de desempleo). No obstante, hay que tener en cuenta que en lo referente al subsidio para mayores de 55 años hay 375.000 beneficiarios y unas 7.000 solicitudes mensuales. Además, como la medida solo afecta al 20% de los nuevos solicitantes y muchos de los actuales beneficiarios todavía estarán bastante tiempo percibiendo el subsidio, tendrá que pasar un periodo bastante largo hasta que comiencen a verse caídad significativas de esta factura.
 

viernes, 13 de junio de 2014

La ofensiva judicial antipiquetes anima a la CEOE a pedir una restricción del derecho de huelga

Su petición para que las huelgas sean votadas por mayoría y no se informe de ellas un día antes podría ser inconstitucional
Otros tres trabajadores de Navantia en Cádiz, uno de ellos presidente del comité intercentros, de CCOO, se enfrentan a penas de entre 23 meses y tres años de cárcel por una manifestación ante una sede del PP

Actualmente hay unos 55 procesos abiertos contra al menos 200 personas, muchas con vinculaciones sindicales, que han participado en piquetes y protestas durante los últimos años

Hace dos días se hizo público el borrador de un documento en el que la CEOE recopila para el Ministerio de Economía una serie de peticiones entre las que se encuentra la restricción del derecho de huelga. No es la primera vez que la patronal pide una ley que regule la huelga, pero en este caso su reclamación llega en un momento especialmente delicado: la CEOE lanza este globo sonda en plena ofensiva judicial contra los piquetes. Actualmente hay unos 55 procesos abiertos contra al menos 200 personas, muchas con vinculaciones sindicales, que han participado en piquetes y protestas durante los últimos años.

miércoles, 12 de febrero de 2014

PROSEGUR | EUSKADI | BILBAO | Trabajadores de Prosegur en Vizkaia se manifiestan por las calles en Protesta por el ERE, Descuelgue y modificación sustancial presentada por Prosegur

El Comité de Empresa de Prosegur en Vizkaia, con la ausencia del Sindicato USO se manifiesta por las calles de Bilbao como protesta contra la intención de Prosegur de Descolgarse del vigente Convenio de Seguridad Privada, de las modificaciones sustanciales y del expediente de empleo que pretende iniciar esta semana.
 
UGT,CC.OO y ELA en unidad de acción están en permanente lucha por la defensa de los trabajadores en Prosegur.
 

 

martes, 3 de diciembre de 2013

Una jueza declara ilegal el periodo de prueba de un año sin indemnización | La sentencia considera que la reforma laboral del PP incumple la legislación internacional | La jueza reprocha al Gobierno que la reforma "desprotege a los trabajadores de sus derechos"

Contratar a un empleado durante un año en contrato en pruebas y sin derecho a indemnización si se le despide dentro de este periodo, como permite la reforma laboral aprobada por el Gobierno central de Mariano Rajoy (PP) en febrero de 2012, no se ajusta al derecho internacional.

Así lo ha dictaminado una sentencia del juzgado de lo Social 2 de Barcelona, que ha declarado improcedente el despido, el pasado marzo, de un peón a quien la empresa de reciclaje de productos de caucho de Gavà (Barcelona) Alfredo Mesalles S.A. echó cuando faltaban ocho días para que finalizara el contrato indefinido de apoyo a emprendedores que le habían hecho. La sentencia, que reprocha al Gobierno que bajo el paraguas de la crisis creara una reforma que "desprotege a los trabajadores de sus derechos", obliga a la empresa a readmitir al trabajador o a indemnizarle de acuerdo al convenio de su sector, donde el periodo de prueba es de solo 15 días. La indemnización asciende a 1.187 euros.

Información completa en http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/12/03/catalunya/1386075667_472927.html

martes, 19 de noviembre de 2013

El próximo 23 de noviembre,a las 12.00h y partiendo desde la plaza del Sagrado Corazón, manifestación en defensa de nuestras pensiones, de los servicios públicos (sanidad, educación, dependencia...) y contra las políticas presupuestarias de recortes de los diferentes gobiernos.




Recordaros que el próximo 23 de noviembre,a las 12.00h y partiendo desde la plaza del Sagrado Corazón,la Cumbre Social Vasca - Euskal Goi-Bilera Soziala, de la que forma parte UGT-Euskadi, celebrará en Bilbao una manifestación en defensa de nuestras pensiones, de los servicios públicos (sanidad, educación, dependencia...) y contra las políticas presupuestarias de recortes de los diferentes gobiernos.

 
UGT Euskadi pone autobuses desde Alava-Araba y desde Gipuzkoa
 

lunes, 22 de abril de 2013

La reforma amenaza los convenios de cuatro millones de empleados | Sindicatos y patronal discrepan sobre la forma de evitar la muerte de 3.000 pactos a partir de julio


Cuatro millones de trabajadores se encuentran al borde del abismo en cuanto a condiciones de trabajo y salariales se refiere. Son los afectados por convenios colectivos que pueden desaparecer a partir del 8 de julio si antes los sindicatos y la patronal no logran un acuerdo para mantener su vigencia o pactan nuevas condiciones.
Es la consecuencia de la reforma laboral del PP, en concreto del fin de la llamada ultraactividad (la prórroga automática de un convenio cuando finalice su vigencia y hasta que no se haya acordado uno nuevo), que fijaba el plazo de un año para negociar un nuevo pacto si el anterior había sido denunciado. De momento, los agentes sociales han decidido buscar una fórmula de evitar que aumente el número de trabajadores sin cobertura de convenio. De lo contrario, la conflictividad está cantada, avisan las centrales, y la inseguridad jurídica de miles de trabajadores, también.


>>Lea la información completa sobre el efecto de la reforma laboral sobre los convenios colectivos en e-Periódico.

Fuente de : http://www.elperiodico.com/es/noticias/economia/reforma-amenaza-los-convenios-cuatro-millones-empleados-2369600

lunes, 12 de noviembre de 2012

Recurso de inconstitucionalidad n.º 5610-2012, contra los artículos 4.3, 12.uno, 14.uno y dos, 18.tres y ocho y 23.uno, disposición adicional tercera y disposición final cuarta.dos de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.


RECURSO


Estimados compañeros

Os adjunto el Recurso de inconstitucionalidad n.º 5610-2012, contra los artículos 4.3, 12.uno, 14.uno y dos, 18.tres y ocho y 23.uno, disposición adicional tercera y disposición final cuarta.dos de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

jueves, 2 de agosto de 2012

NO A LOS RECORTES- MURRIZKETARIK EZ !!!


NO A LOS RECORTES- MURRIZKETARIK EZ !!!

Concentraciones

  • Jueves 16 de agosto
  • A las 11h30 de la mañana
  • Frente a las subdelegaciones del Gobierno de las tres capitales vascas.
Organizaciones sindicales vascas promoveremos una consulta popular en Euskadi y una gran manifestación social en Madrid
  • Convocamos una marcha a Madrid que culminará con una gran  concentración el 15 de septiembre
  • Organizaremos un referéndum para que la ciudadanía exprese su opinión respecto a las medidas y recortes así como su aplicación en Euskadi
  • Habrá movilizaciones en agosto que se comprometen a impulsar de forma unitaria y abierta a otras organizaciones
Los sindicatos CCOO de Euskadi, UGT de Euskadi, USO, SATSE, SME, UTESE, SAE y CSIF tras una reunión mantenida en Bilbao hemos decidido convocar distintas movilizaciones para el mes de agosto y septiembre, así como constituirnos en plataforma sindical.
El deterioro de los derechos laborales y sociales y la previsible ofensiva que se producirá en los próximos meses justifican espacios de acción sindical conjunta. Así lo hemos entendido estas organizaciones que aspiramos a abrir esta iniciativa a más sindicatos y organizaciones cívicas y sociales vascas.
Ante las durísimas medidas de recorte a personas desempleadas, servicios y trabajadores/as públicos y ciudadanía en general se plantea impulsar una serie de movilizaciones unitarias.
A lo largo del mes de agosto promoveremos acciones de protesta ante los centros de trabajo de la administración pública. El día 16 de agosto convocaremos concentraciones ante las subdelegaciones de Gobierno en las tres capitales vascas. El día 30 igualmente desarrollaremos movilizaciones de denuncia.
Con posterioridad y dentro de las iniciativas que en el ámbito estatal promueven la Cumbre Social formada por sindicatos y organizaciones sociales, participaremos en la marcha a Madrid que culminará el 15 de septiembre con una concentración que aspira a ser la movilización social más importante de la democracia.
Con posterioridad nos hemos comprometido a impulsar la consulta popular para que la ciudadanía vasca pueda pronunciarse sobre las políticas del Gobierno y su impacto en nuestro territorio.
Esta iniciativa no es cerrada ni restringida al ámbito sindical y en las próximas semanas nos dirigiremos a distintas organizaciones de distinto ámbito para plantear una marea que haga rectificar las políticas de empobrecimiento y recorte que se están llevando adelante en contra de la voluntad mayoritaria de la sociedad.

  • Jueves 16 de agosto
  • A las 11h30 de la mañana
  • Frente a las subdelegaciones del Gobierno de las tres capitales vascas.
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