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lunes, 2 de mayo de 2016
Sentencia| El tribunal Supremo dicta Sentencia donde obliga a Interior a retirar el DNI como número de TIP.
Con este fallo del Supremo, ahora se tendrán que sustituir mas de 300.000 habilitaciones del personal de seguridad privada, que deberán sufragar las arcas del Estado.
domingo, 1 de febrero de 2015
Seguridad Integral logra el aval para trasladar valores, fondos y explosivos | Interior concede a la empresa canaria el certificado para transportar objetos de gran valor y materiales de alto riesgo por todo el país
Seguridad Integral logra el aval para trasladar valores, fondos y explosivos
Así, además del transporte de todo tipo de valores y materiales peligrosos, la nueva autorización permite también a Seguridad Integral Canaria, perteneciente del Grupo Ralons, el depósito y la custodia de explosivos, armas y cartuchería metálica; sustancias, materias, mercancías y cualquier objeto que por su peligrosidad precise de vigilancia y protección altamente cualificada.
"Se trata de unos de los objetivos cumplidos de Seguridad Integral Canaria, que es la cobertura nacional de la custodia, depósito y transporte de valores y materiales peligrosos, lo que hace de nuestra empresa una de las punteras en Europa y, desde luego en España, en la prestación de servicios muy especializados con alta calificación", señala en un comunicado Héctor de Armas, administrador único de la empresa.
La expansión al territorio nacional ha sido uno de los principales objetivo del Grupo Ralons, en los últimos años, hasta tal punto que en la actualidad cuenta con más de siete mil trabajadores. Esta nueva certificación del Ministerio del Interior permitirá a Seguridad Integral Canaria avanzar en ese objetivo prioritario de la marca, accediendo a este nuevo mercado de traslado de valores, fondos y material explosivo.
http://www.laprovincia.es/economia/2015/01/31/seguridad-integral-logra-aval-trasladar/671388.html
sábado, 22 de noviembre de 2014
Interior dice que la empresa de seguridad de varios condenados por el GAL no ha contratado con la Administración| 'Check and In', no consta en la base de datos de Seguridad Privada que sea o haya sido autorizada para prestar actividades de seguridad privada"
El Ministerio del Interior asegura que la empresa de
seguridad privada 'Check and In', creada por varios condenados por
actividades de los GAL, no ha sido contratada por la Administración,
según la base de datos con la que cuenta el Departamento que dirige
Jorge Fernández Díaz.
"Se indica que en lo que
respecta a la empresa 'Check and In', no consta en la base de datos de
Seguridad Privada que sea o haya sido autorizada para prestar
actividades de seguridad privada", dice el Ministerio en una respuesta
parlamentaria escrita a la que ha tenido acceso Europa Press. El
diputado de Amaiur le preguntaba en concreto si la citada empresa había
realizado en alguna ocasión trabajos para la Administración Pública.
Información completa en .: http://www.eldiario.es/politica/Interior-condenados-GAL-contratado-Administracion_0_327217420.html
lunes, 20 de octubre de 2014
Sexta convocatoria de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades para el año 2014 | Instancias de solicitud, liquidación de las tasas y convocatoria a pruebas
Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades para el año 2014.
2. Instancias de solicitud, liquidación de las tasas y convocatoria a pruebas
2.1 Plazos.
Los que para cada convocatoria se indican a continuación:
01/2014 Diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
02/2014 Del 18 al 27 de febrero de 2014.
03/2014 Del 21 al 30 de abril de 2014.
04/2014 Del 27 de mayo al 5 de junio de 2014.
05/2014 Del 2 al 11 de septiembre de 2014.
06/2014 Del 21 al 30 de octubre de 2014.
Lugares y fechas de celebración de las pruebas
3.1 Lugares. Las pruebas podrán realizarse en las ciudades de Ávila, A Coruña, Barcelona, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Palma de Mallorca, Pamplona, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla, Tarragona, Valencia y Zaragoza. No obstante, el Tribunal, en cada convocatoria, podrá designar otras ciudades como sedes para la realización de las pruebas y podrá suprimir alguna o algunas de las anteriormente citadas cuando así lo aconsejen razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad. Asimismo, podrá descentralizar la mera ejecución de pruebas o parte de las mismas.
En el Acuerdo por el que se apruebe la lista de participantes convocados a pruebas en cada una de las convocatorias, se indicará el lugar y la fecha de realización de las mismas.
No obstante, el Tribunal, para favorecer el desarrollo de las pruebas, podrá disponer que todas ellas se realicen en la misma fecha, y excepcionalmente, por causas justificadas, alterar el orden de determinados ejercicios. Sin embargo, sólo se entrará a evaluar cada una respecto de quienes hayan aprobado la anterior.
3.2 Llamamiento. Los participantes serán convocados en un único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo, sea cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
PDF de la disposición
lunes, 1 de septiembre de 2014
Quinta convocatoria de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades para el año 2014 | Instancias de solicitud, liquidación de las tasas y convocatoria a pruebas
Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades para el año 2014.
2. Instancias de solicitud, liquidación de las tasas y convocatoria a pruebas
2.1 Plazos.
Los que para cada convocatoria se indican a continuación:
01/2014 Diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
02/2014 Del 18 al 27 de febrero de 2014.
03/2014 Del 21 al 30 de abril de 2014.
04/2014 Del 27 de mayo al 5 de junio de 2014.
05/2014 Del 2 al 11 de septiembre de 2014.
06/2014 Del 21 al 30 de octubre de 2014.
Lugares y fechas de celebración de las pruebas
3.1 Lugares. Las pruebas podrán realizarse en las ciudades de Ávila, A Coruña, Barcelona, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Palma de Mallorca, Pamplona, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla, Tarragona, Valencia y Zaragoza. No obstante, el Tribunal, en cada convocatoria, podrá designar otras ciudades como sedes para la realización de las pruebas y podrá suprimir alguna o algunas de las anteriormente citadas cuando así lo aconsejen razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad. Asimismo, podrá descentralizar la mera ejecución de pruebas o parte de las mismas.
En el Acuerdo por el que se apruebe la lista de participantes convocados a pruebas en cada una de las convocatorias, se indicará el lugar y la fecha de realización de las mismas.
No obstante, el Tribunal, para favorecer el desarrollo de las pruebas, podrá disponer que todas ellas se realicen en la misma fecha, y excepcionalmente, por causas justificadas, alterar el orden de determinados ejercicios. Sin embargo, sólo se entrará a evaluar cada una respecto de quienes hayan aprobado la anterior.
3.2 Llamamiento. Los participantes serán convocados en un único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo, sea cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
PDF de la disposición
lunes, 7 de julio de 2014
La inactividad segun la Ley 5/2014 de Seguridad Priva, ya no es necesario realizar formación ni volver a superar las pruebas para recuperar el TIP.
Informe del Ministerio del interior (Dirección General de la
Policía).
El resumen del texto es que, con la entrada en vigor de la
nueva Ley, ya no es necesario realizar formación ni volver a superar las
pruebas para recuperar el TIP.
lunes, 26 de mayo de 2014
Cuarta convocatoria de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades para el año 2014 | Instancias de solicitud, liquidación de las tasas y convocatoria a pruebas
Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades para el año 2014.
2. Instancias de solicitud, liquidación de las tasas y convocatoria a pruebas
2.1 Plazos.
Los que para cada convocatoria se indican a continuación:
01/2014 Diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
02/2014 Del 18 al 27 de febrero de 2014.
03/2014 Del 21 al 30 de abril de 2014.
04/2014 Del 27 de mayo al 5 de junio de 2014.
05/2014 Del 2 al 11 de septiembre de 2014.
06/2014 Del 21 al 30 de octubre de 2014.
Lugares y fechas de celebración de las pruebas
3.1 Lugares. Las pruebas podrán realizarse en las ciudades de Ávila, A Coruña, Barcelona, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Palma de Mallorca, Pamplona, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla, Tarragona, Valencia y Zaragoza. No obstante, el Tribunal, en cada convocatoria, podrá designar otras ciudades como sedes para la realización de las pruebas y podrá suprimir alguna o algunas de las anteriormente citadas cuando así lo aconsejen razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad. Asimismo, podrá descentralizar la mera ejecución de pruebas o parte de las mismas.
En el Acuerdo por el que se apruebe la lista de participantes convocados a pruebas en cada una de las convocatorias, se indicará el lugar y la fecha de realización de las mismas.
No obstante, el Tribunal, para favorecer el desarrollo de las pruebas, podrá disponer que todas ellas se realicen en la misma fecha, y excepcionalmente, por causas justificadas, alterar el orden de determinados ejercicios. Sin embargo, sólo se entrará a evaluar cada una respecto de quienes hayan aprobado la anterior.
3.2 Llamamiento. Los participantes serán convocados en un único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo, sea cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
PDF de la disposición
domingo, 20 de abril de 2014
Interior subraya que, en 13 años, sólo ha impuesto 86 sanciones a vigilantes de seguridad por abuso de autoridad
EN 13 AÑOS SÓLO 86 SANCIONES POR ABUSO DE AUTORIDAD EN UN COLECTIVO DE 100.000 TRABAJADORES.
SEGURIDAD PRIVADA
El Ministerio del Interior considera que el sector de la seguridad privada funciona adecuadamente pues, en los últimos trece años, sólo ha tenido que imponer 86 sanciones a vigilantes por abuso de autoridad.
Así se pronuncia el Gobierno ante una serie de preguntas planteadas por el portavoz de Interior de Izquierda Plural (IU-ICV-CHA), Ricardo Sixto, registradas en el Congreso a raíz de la tramitación parlamentaria de la Ley de Seguridad Privada que otorga nuevas atribuciones a los vigilantes jurados.
"Cabe señalar que la actividad de los servicios de seguridad privada, que engloba miles de actuaciones diarias, se desarrolla con normalidad", resume el Ejecutivo en una respuesta parlamentaria recogida por Europa Press.
Concretamente, subraya que "entre los años 2001 y 2013, solamente se han impuesto 86 sanciones por ejercicio abusivo de funciones o falta de respeto a los ciudadanos durante actuaciones de vigilantes de seguridad".
Según explica, los servicios de seguridad privada están sometidos a continuas medidas de inspección, tanto por los servicios policiales competentes como por las propias empresas concernidas.
En el momento en que se constata cualquier irregularidad, relata, se adoptan las medidas necesarias para su subsanación y, en su caso, también correctivas mediante sanciones administrativas que pueden dar lugar a la inhabilitación del personal de seguridad privada autor de la infracción.
La Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, además del control ordinario de los servicios y actividades de las empresas y personal de seguridad privada, realiza además investigaciones específicas de aquellos casos en los que existen indicios e información de posibles anomalías o irregularidades en el desarrollo de sus funciones.
Tercera convocatoria de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades para el año 2014 | Instancias de solicitud, liquidación de las tasas y convocatoria a pruebas
Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades para el año 2014.
2. Instancias de solicitud, liquidación de las tasas y convocatoria a pruebas
2.1 Plazos.
Los que para cada convocatoria se indican a continuación:
01/2014 Diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
02/2014 Del 18 al 27 de febrero de 2014.
03/2014 Del 21 al 30 de abril de 2014.
04/2014 Del 27 de mayo al 5 de junio de 2014.
05/2014 Del 2 al 11 de septiembre de 2014.
06/2014 Del 21 al 30 de octubre de 2014.
Lugares y fechas de celebración de las pruebas
3.1 Lugares. Las pruebas podrán realizarse en las ciudades de Ávila, A Coruña, Barcelona, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Palma de Mallorca, Pamplona, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla, Tarragona, Valencia y Zaragoza. No obstante, el Tribunal, en cada convocatoria, podrá designar otras ciudades como sedes para la realización de las pruebas y podrá suprimir alguna o algunas de las anteriormente citadas cuando así lo aconsejen razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad. Asimismo, podrá descentralizar la mera ejecución de pruebas o parte de las mismas.
En el Acuerdo por el que se apruebe la lista de participantes convocados a pruebas en cada una de las convocatorias, se indicará el lugar y la fecha de realización de las mismas.
No obstante, el Tribunal, para favorecer el desarrollo de las pruebas, podrá disponer que todas ellas se realicen en la misma fecha, y excepcionalmente, por causas justificadas, alterar el orden de determinados ejercicios. Sin embargo, sólo se entrará a evaluar cada una respecto de quienes hayan aprobado la anterior.
3.2 Llamamiento. Los participantes serán convocados en un único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo, sea cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
PDF de la disposición
martes, 7 de enero de 2014
Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades para el año 2014.
Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades para el año 2014.
2. Instancias de solicitud, liquidación de las tasas y convocatoria a pruebas
2.1 Plazos.
Los que para cada convocatoria se indican a continuación:
01/2014 Diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
02/2014 Del 18 al 27 de febrero de 2014.
03/2014 Del 21 al 30 de abril de 2014.
04/2014 Del 27 de mayo al 5 de junio de 2014.
05/2014 Del 2 al 11 de septiembre de 2014.
06/2014 Del 21 al 30 de octubre de 2014.
Lugares y fechas de celebración de las pruebas
3.1 Lugares. Las pruebas podrán realizarse en las ciudades de Ávila, A Coruña, Barcelona, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Palma de Mallorca, Pamplona, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla, Tarragona, Valencia y Zaragoza. No obstante, el Tribunal, en cada convocatoria, podrá designar otras ciudades como sedes para la realización de las pruebas y podrá suprimir alguna o algunas de las anteriormente citadas cuando así lo aconsejen razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad. Asimismo, podrá descentralizar la mera ejecución de pruebas o parte de las mismas.
En el Acuerdo por el que se apruebe la lista de participantes convocados a pruebas en cada una de las convocatorias, se indicará el lugar y la fecha de realización de las mismas.
No obstante, el Tribunal, para favorecer el desarrollo de las pruebas, podrá disponer que todas ellas se realicen en la misma fecha, y excepcionalmente, por causas justificadas, alterar el orden de determinados ejercicios. Sin embargo, sólo se entrará a evaluar cada una respecto de quienes hayan aprobado la anterior.
3.2 Llamamiento. Los participantes serán convocados en un único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo, sea cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
PDF de la disposición
jueves, 8 de noviembre de 2012
Interior tiene muy avanzado el proyecto para nueva ley de seguridad privada
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha anunciado hoy una nueva ley de Seguridad Privada, cuya elaboración esta ya "muy avanzada", porque la actual normativa está "superada por el tiempo".
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha anunciado hoy una nueva ley de Seguridad Privada, cuya elaboración esta ya "muy avanzada", porque la actual normativa está "superada por el tiempo".
Así lo ha manifestado el ministro, en declaraciones a los periodistas, tras asistir a la entrega de los premios de la Guardia Civil, donde ha querido dejar claro que la redacción de un nuevo proyecto que sustituya a la actual ley, que data 1992, es "al margen" del suceso del Madrid Arena ocurrido el pasado jueves.
Preguntado si el ministerio, como órgano competente en materia de seguridad privada, tomará medidas contra las empresas de seguridad que trabajaron en la macrofiesta de Halloween en la que murieron cuatro chicas, Fernández Díaz ha subrayado que todo dependerá del resultado de la investigación policial y judicial.
"Si de la investigación policial o judicial se desprendiera la conveniencia de abrir un expediente informativo en relación con eso (las dos empresas que se encargaron de la seguridad en la macrofiesta), en uso de las atribuciones que tiene el ministerio, se actuaría", ha recalcado.
martes, 13 de septiembre de 2011
UGT| Modificación de los ejercicios de tiro para los escoltas.
- Modificación de los ejercicios de tiro para los escoltas.
Esto es lo que dice la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de Seguridad Privada.
Artículo 27. Uniformidad, armamento y tiro.
1. Los escoltas privados vestirán de paisano y para su identificación profesional utilizarán su tarjeta de identidad profesional, sin poder estar acompañada de ningún emblema, placa o distintivo o con presentación semejante a la de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
2. El arma reglamentaria de los escoltas privados será la pistola semiautomática del calibre 9 mm Parabellum.
3. La Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito del Cuerpo Nacional de Policía, a petición de la empresa de seguridad, podrá autorizar la utilización de otros elementos defensivos, siempre que se garantice que sus características y empleo se ajustan a lo prevenido en el Reglamento de Armas.
4. Los escoltas privados efectuarán un mínimo de veinticinco disparos en cada ejercicio obligatorio de tiro, de periodicidad trimestral.
Y la Guardia Civil:
En vez de 18 y 19 disparos se realizarán 25 por trimestre .100 cartuchos anuales.
Isidro Campo
SºSectorial de Seguridad Privada
FeS-Euskadi(UGT)
http://feseuskadi.org
http://www.seguridadeuskadi.blogspot.com
Tel.: 943.612.470 -Fax.: 901707100
C/Aduana nº13-1ºC (20302-Irún)
jueves, 25 de agosto de 2011
El nivel de desempleados en el sector de la seguridad privada supera el 50%, según sindicatos
Las cifras facilitadas por el Ministerio del Interior apuntan a que en la actualidad la cifra de vigilantes de seguridad habilitados en el territorio español ronda ya los 200.000. Sin embargo, la Unidad Central de Seguridad Privada reconoce, en una nota, que de todos ellos no llegan a superar los trabajadores en activo la cifra de 90.000, de los cuales unos 11.000 operan en la comunidad andaluza.
http://www.europapress.es/andalucia/economia-00623/noticia-nivel-desempleados-sector-seguridad-privada-supera-50-sindicatos-20110825180040.html
http://www.europapress.es/andalucia/economia-00623/noticia-nivel-desempleados-sector-seguridad-privada-supera-50-sindicatos-20110825180040.html
miércoles, 9 de marzo de 2011
Normas para la colaboración del Ministerio de Defensa en la formación de los vigilantes de seguridad privada
Estimados compañer@s:
Os adjunto la Orden DEF/467/2011, de 2 de marzo, por la que se aprueban las Normas para la colaboración del Ministerio de Defensa en la formación de los vigilantes de seguridad privada encargados de la prestación del servicio de seguridad en buques que naveguen bajo bandera española y para el apoyo logístico en el transporte del material imprescindible empleado en su servicio.(BOE de 8 de marzo de 2011). Texto completo.
• PDF (BOE-A-2011-4291 - 5 págs. - 186 KB)
El Real Decreto 1628/2009, de 30 de octubre, modifica los artículos 81 y 86 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994 , de 9 de diciembre, y los artículos 6 y 124 del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993 , de 29 de enero, para permitir que la prestación de seguridad a bordo de los buques de bandera española, que se encuentren fuera de nuestras aguas territoriales y en situaciones de especial riesgo para personas y bienes, pueda ser prestada por el personal de las empresas de seguridad, mediante la utilización del armamento adecuado para cumplir eficazmente con los cometidos de protección y de prevención.
Un saludo
Os adjunto la Orden DEF/467/2011, de 2 de marzo, por la que se aprueban las Normas para la colaboración del Ministerio de Defensa en la formación de los vigilantes de seguridad privada encargados de la prestación del servicio de seguridad en buques que naveguen bajo bandera española y para el apoyo logístico en el transporte del material imprescindible empleado en su servicio.(BOE de 8 de marzo de 2011). Texto completo.
• PDF (BOE-A-2011-4291 - 5 págs. - 186 KB)
El Real Decreto 1628/2009, de 30 de octubre, modifica los artículos 81 y 86 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994 , de 9 de diciembre, y los artículos 6 y 124 del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993 , de 29 de enero, para permitir que la prestación de seguridad a bordo de los buques de bandera española, que se encuentren fuera de nuestras aguas territoriales y en situaciones de especial riesgo para personas y bienes, pueda ser prestada por el personal de las empresas de seguridad, mediante la utilización del armamento adecuado para cumplir eficazmente con los cometidos de protección y de prevención.
Un saludo
sábado, 4 de septiembre de 2010
Seguridad Privada-Anuario estadístico del Ministerio de Interior.
Hola:
En el siguiente enlace tenéis el anuario estadístico del Ministerio del interior del 2009, ir al final de la pagina.
http://www.mir.es/MIR/PublicacionesArchivo/publicaciones/catalogo/anuariosestadisticos
En el siguiente enlace tenéis el anuario estadístico del Ministerio del interior del 2009, ir al final de la pagina.
http://www.mir.es/MIR/PublicacionesArchivo/publicaciones/catalogo/anuariosestadisticos
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