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martes, 16 de julio de 2013

Empleo y UGT se enzarzan por la forma de contabilizar el paro

El Ministerio de Empleo desmintió ayer “de forma rotunda” que se haya producido ninguna modificación en el método estadístico utilizado para contabilizar el número de desempleados en el mes de junio, como sostiene UGT. En un comunicado, Empleo explicó que la secretaria de Estado de Empleo, Engracia Hidalgo, remitió el 10 de julio una carta al secretario de Acción Sindical de UGT, Antonio Ferrer, en la que detallaba las razones por las que no existe ningún comportamiento que no sea lineal con respecto a otros meses de junio.Según Empleo, la carta fue remitida en respuesta a la recibida el día anterior desde UGT, en la que se ponían en cuestión los datos de desempleo de junio. Hidalgo explicó que “las estadísticas de movimiento laboral registrado se confeccionan siguiendo estrictamente la metodología acordada en 2005, que se aplica desde la entrada en funcionamiento del Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo” e insistió en que la particularidad de junio es que “el efecto estacional se ha aprovechado en su totalidad”. Empleo aseguró que la estadística de paro registrado se desarrolla “con el máximo rigor y transparencia, por lo que es una falta de lealtad institucional y de responsabilidad verter dudas sobre su veracidad”.UGT había asegurado que de los 127.248 parados menos registrados en junio, hasta 46.100 personas habían salido de las listas por un cambio en la estadística, no por haber encontrado un empleo.Fuentes del sindicato concretaron que ese volumen de parados se habría trasvasado a la estadística de demandantes no parados, en la que se incluye a trabajadores demandantes de empleo con un trabajo actualmente, afectados por expedientes de regulación de empleo (ERE), perceptores de prestación por desempleo participantes en trabajos de colaboración social o inmigrantes con voluntad de regreso.El sindicato aseguró que Empleo no especificó cuántas personas se dieron también de baja en los registros del desempleo por el efecto desánimo en junio, ni cuántos parados tenían suspendida su demanda de empleo al cierre de la estadística.
Fuente de http://cincodias.com/cincodias/2013/07/15/economia/1373912957_630677.html

Resolución de 14 de junio de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se publican las listas de los participantes declarados aptos en las pruebas de selección para vigilantes de seguridad y especialidades.

Estimados Compañeros, remitimos:

 

Resolución de 14 de junio de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se publican las listas de los participantes declarados aptos en las pruebas de selección para vigilantes de seguridad y especialidades.

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viernes, 12 de julio de 2013

OMBUDS | Resolución de Inspección de trabajo | ERE, Horas Extras, Sistema de trabajo, etc | 48/0003830/13 | INSPECCIÓN DE TRABAJO DE BIZKAIA (01/07/2013)

OMBUDS COMPAÑIA DE SEGURIDAD,S.A.
INSPECCIÓN DE TRABAJO DE BIZKAIA (01/07/2013)

..."Es decir que de los 222.707,98€ ingresados, 133.286,42€ se corresponden con cotizaciones adicionales por horas extraordinarias no declaradas"...

..."Por otro lado, tambien se comprueba la incoación de varios expedientes sancionadores relacionados con el tiempo de trabajo:"

29/05//2008 - Inspección de Segovia "superación del limite legal de horas extras".
17/07/2008 - Inspección de Bizkaia "trabajadores que únicamente habían podido descansar cuatro horas entre jornadas".
01/10/2008 - Inspección de Zaragoza "incumplimientodel descanso entre jornadas".
21/10/2008 - Inspección de Valencia "superación de los límites de horas extras".
02/12/2008 - Inspección de Madrid  "superación de los límites de horas extras".
27/01/2010 - Inspección de Bizkaia  "incumplimientodel descanso entre jornadas- uno ni siquiera hubo descanso".
29/03/11 - Inspección de Gipuzkoa "superación de los límites de horas extras, habiendose comprobado trabajadores que habían realizado hasta 1.226 horas extras en 2010".
17/05/2012 - Inspección de Madrid "superación del limite legal de horas extras".

..."Por último,tambien constar varios requerimientos en relación con el tiempo de trabajo"...






..." Hay que resaltar...que la falta de ocupación efectiva por causa no imputable al trabajador siempre debe ser retribuida y si no se recuperan las horas en el mes siguiente ya no serán exigibles al trabajador"

..."lo cual no es una distribución irregular de la jornada, que implica necesariamente un calendario laboral previo...



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jueves, 11 de julio de 2013

Reportaje a Seguridad Integral Canaria


En este enlace podéis ver un reportaje de la TV Canaria sobre el departamento de contaduría de S.I.C.





OMBUDS | Asamblea informativa sobre el ERE | UGT convoca a todos y todas los trabajadores y trabajadoras de Ombuds a una asamblea informativa

Asamblea el viernes día 12 a las 17:00 h en la sede de  UGT de Barakaldo.
Asunto: Expediente de regulación de empleo ( ERE ).
Pásalo a todos los compañeros de trabajo en OMBUDS. .

OMBUDS | Asamblea de trabajadores de Ombuds

En virtud del compromiso adquirido se convoca a los trabajadores de ombuds Guipúzcoa para realizar asamblea informativa en la sede de CCOO ,c/ Carlos primero de esta capital a las 15:30 horas del viernes día 12 de julio de 2013, para la exposición de la situacion generada por la retirada del ere planteado por la empresa y por la presentación de nuevo ere y posibles medidas que vendrán derivadas de ello.
Recordar que por la importancia de los temas os ruego lo hagáis extensivo a los compañeros pertenecientes a la empresa.

La subida salarial pactada en convenio sube al 0,65% hasta junio y se producen 1.401 'descuelgues'

La subida salarial media pactada en los convenio colectivos registrados en el primer semestre de este año alcanzó el 0,65%, ligeramente por encima del dato de mayo (0,63%), pero inferior a la tasa de inflación interanual de junio, que según el INE se situó en el 2,1%.

Los datos provisionales del Ministerio de Empleo  indican que la subida salarial pactada en los convenios de empresa se situó hasta junio en el 0,65%, en línea con la cifra media de los convenios de otro ámbito.La subida salarial media de este primer semestre del año supera ligeramente las recomendaciones del Acuerdo Interconfederal de Negociación Colectiva (ANC) que pactaron sindicatos y empresarios para el periodo 2012-2014. En dicho acuerdo se recomendaba a los negociadores de ambas partes que los aumentos salariales pactados este año no excedieran del 0,60%.En la circular sobre negociación colectiva que ha elaborado CEOE y Cepyme sobre cómo deberían proceder las empresas en los convenios de este año se recomienda que los incrementos salariales pactados en convenio no superen el 0,6% tanto en 2013 como en 2014.Las patronales precisan que no alcanzar esta cifra "no quiere decir" que haya que llegar a ella, pues "la mayoría de las empresas necesitarán una congelación salarial" en ambos ejercicios e incluso en algunos casos un recorte de sueldos.Hasta junio de este año, las autoridades laborales registraron 744 convenios colectivos, con efectos sobre 227.287 empresas y 2.076.131 trabajadores. La mayor parte de estos convenios, 390, iniciaron sus efectos económicos con anterioridad a 2013, frente a 354, que los inician este año.Empleo precisa en la información estadística que a medida que avance el año irá aumentando la cifra de convenios, tanto en el caso de los convenios con efectos económicos a partir de 2013 y, de manera especial, en el caso de los convenios plurianuales con efectos económicos en 2013.De los 744 convenios registrados hasta junio, 520 eran convenios de empresa, con efectos sobre 106.146 trabajadores, y 224 eran convenios de otro ámbito, que daban amparo a 1.969.985 trabajadores.SUBIDAS INFERIORES AL 1% EN MÁS DE LA MITAD.Más de la mitad de los convenios inscritos en los seis primeros meses del año, en concreto el 59,5%, recogían una subida salarial inferior al 1%. Quince convenios contemplaban un recorte salarial, del 2,5% de media, mientras que 241 presentaban congelación de sueldos.Dentro de los convenios de empresa, doce recogían bajadas salariales, del 2,45% de media, en tanto que en 202 los salarios se congelaron. En el caso de los convenios de otro ámbito, uno de ellos contemplaba un recorte salarial del 5%, mientras que 39 congelaron los sueldos.De los 520 convenios de empresa registrados hasta junio, 471 pertenecían a empresas privadas, con una subida salarial media del 0,70%, mientras que 31 pertenecían a empresas públicas, dos a la Administración del Estado, y 16 a administraciones autonómicas. En las empresas públicas, la subida salarial media era del 0,06%, mientras que en los convenios de la administración estatal y autonómica era del 0,0% y del 0,04%, respectivamente.Por sectores, la mayor alza salarial pactada la registró la agricultura (+1,30%), seguida de los servicios (+0,70%), la construcción (+0,64%) e industria (+0,51%).1.401 'DESCUELGUES' HASTA MAYO.La estadística de Empleo revela además que en el mes de junio se registraron 233 inaplicaciones de convenios, que afectaron a 8.106 trabajadores. En el acumulado de los seis primeros meses del año, son 1.401 los 'descuelgues' registrados por las autoridades laborales, con efectos sobre casi 90.000 trabajadores.Casi el 80% de los trabajadores afectados por inaplicaciones se concentra en el sector servicios. Asimismo, el 66% de los trabajadores afectados está empleado en empresas de 250 trabajadores o más.El descuelgue de los convenios supone la revisión de las condiciones laborales en las empresas. La reforma laboral introducía mayor facilidad para que empresarios y trabajadores pudieran pactar estas inaplicaciones.

http://www.nuevatribuna.es/articulo/espana/la-subida-salarial-pactada-en-convenio-sube-al-0-65-hasta-junio-y-se-producen-1-401-descuelgues/20130710195611094623.html

miércoles, 10 de julio de 2013

Raul Arza en defensa de los astilleros vascos

Acuerdo de modificación del Convenio colectivo de la empresa Servimax Servicios Generales, SA, publicado en el BOE de 18 de julio de 2012 (código de Convenio n.º 90011802011998) que fue suscrito con fecha 30 de mayo de 2013

 


Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de modificación del Convenio colectivo de la empresa Servimax Servicios Generales, SA, publicado en el BOE de 18 de julio de 2012 (código de Convenio n.º 90011802011998) que fue suscrito con fecha 30 de mayo de 2013, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y, de otra, por las secciones sindicales FES UGT y FTSP USO, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
 
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
 
Primero.
 
Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.
 
Segundo.
 
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 20 de junio de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACTA DE MODIFICACIÓN DEL TEXTO DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERVIMAX SERVICIOS GENERALES, S.A.
 
En Madrid, siendo las 10:00 horas del día 30 de mayo de 2013, se reúnen en la sede de la empresa Servimax Servicios Generales, S.A., calle Santa Sabina, 8, Madrid, asistiendo de una parte los representantes de la empresa, así como la parte social, constituida por los Sindicatos FED.AADD. de FES UGT y FTSP USO, que a continuación se relacionan.
 
PDF de la disposición

Muchos empresarios están comunicando a los trabajadores la perdida de vigencia de los convenios de aplicación respectivos y la consiguiente modificación de sus condiciones laborales.


¡¡¡OJO!!!




 
El día 8 de julio finalizaba el límite de un año dado por la L3/2012 de reforma laboral a la prórroga automática de los convenios denunciados y pendientes de renovación.
 
Desde finales de junio muchos empresarios están comunicando a los trabajador@s la perdida de vigencia de los convenios de aplicación respectivos y la consiguiente modificación de sus condiciones laborales.

Tod@s los que estéis recibiendo estas cartas es muy importante que lo comuniquéis inmediatamente al sindicato ya que el plazo para la reclamación ante los tribunales es de 20 días hábiles desde la notificación al trabajador/ara del cambio de condiciones laborales.

 
Sin otro particular, recibid un cordial saludo:

 Los empresarios aseguran que «los sindicatos no querían cumplir la ley»

http://historiadelaseguridadprivada.blogspot.com/search/label/1983

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